Por Daniel Borja – 23 de Marzo del 2022
Antonio Gagliardo, exfiscal del Guayas, formó que la muerte cruzada tiene una particularidad para su uso, pues solo en caso qué la asamblea se trunque funciones de la Constitución que no le competen es en la única forma para poder usarla.
Resalto que la corte constitucional es la que califica, si hay una arrogación de funciones, que tiene que dar un dictamen en 24 horas, según el ex fiscal, esta decisión es muy subjetiva y especial del presidente de la República, que únicamente lo puede hacer cuando considere que obstruye de manera reiterada e injustificado plan nacional de desarrollo, o por una crisis política interna en este caso la no aprobación de leyes económicas.
Así también afirmo que de darse ese escenario, en siete días se tiene que convocar a elecciones por parte del Consejo Nacional Electora, que en un plazo de 60 días tiene que estar todas las elecciones, pues la ley Orgánica de la Asamblea Nacional “dice en el artículo 52 que se debe dar las elecciones de asambleístas y de presidente de la República”.
Resalto que si hay una consulta popular, siempre tendrá que pasar por el filtro de la Corte constitucional para calificar las preguntas, la reglamentación interna que tiene e indudablemente puede ser una salida a la que el gobierno puede apostar para mejorar las reglas del, juego y tener una mejor cancha para participar, siempre y cuando el pueblo Ecuatoriano acepte los planteamientos propuestos.