Por Gabriela Murgueytio – 30 de marzo de 2023
La Corte Constitucional concedió el dictamen favorable que fue requerido por la Asamblea Nacional para llevar a juicio político al presidente de Ecuador, Guillermo Lasso, por supuesto peculado, delito contra la administración pública.
La decisión se tomó con seis votos a favor y tres votos salvados, de entre los nueve jueces que componen este organismo, este miércoles 29 de marzo del 2023 en una sesión extraordinaria que no fue pública.
“El Pleno resolvió admitir la acusación de juicio político relacionada con el presunto delito de peculado”, informó la institución en un comunicado.
A su vez, el organismo no admitió otras dos acusaciones relativas al presunto delito de concusión, que también le imputaba a Lasso la mayoría opositora liderada por el correísmo (Unes) y el Partido Social Cristiano (PSC).
🔵IMPORTANTE | Mediante Dictamen N° 1-23-DJ/23 la mayoría del Pleno de este Organismo resolvió inadmitir las dos acusaciones relativas al presunto delito de concusión y admitir la acusación de juicio político relacionada con el presunto delito de peculado. #BoletínCC pic.twitter.com/ILLRxiSftU
— Corte Constitucional (@CorteConstEcu) March 30, 2023
Sin embargo, el organismo hizo un “llamado de atención a los solicitantes y a la Asamblea Nacional por la falta de prolijidad en la activación de dicha figura constitucional”. En alusión a una serie de errores detectados en los documentos.
Asimismo, respecto del contenido de la solicitud, se estableció que los primeros dos cargos formulados por los solicitantes -relacionados con el delito de concusión- no cumplen las exigencias del artículo 148 numeral 2 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y de Control Constitucional (LOGJCC).
En relación al delito de peculado, por el contrario, se determinó que su formulación se enmarca en los presupuestos de admisibilidad establecidos en el mencionado artículo de la LOGJCC, apuntó la Corte.
Desde el Gobierno se emitió un comunicado en el que rechazan la admisión pero aseguran que respetarán la decisión de los jueces que, a su criterio no valida los argumentos planteados por la Asamblea en contra del Presidente Guillermo Lasso pues no tiene sustento jurídico y político alguno.
En el dictamen se determinó que a la Corte le correspondía efectuar tanto un análisis del procedimiento como del contenido de la solicitud, para garantizar el equilibrio de poderes entre la función Ejecutiva y Legislativa, “y asegurar que la institución del juicio político al presidente de la República no sea utilizada de forma arbitraria ni irrazonable”.
En esa línea, en el análisis del procedimiento, la Corte encontró que, en la solicitud presentada y el trámite seguido hasta aquí en la Asamblea Nacional, “se han respetado los principios de legitimidad política y del debido proceso”.
La asambleísta oficialista y vicepresidenta de la comisión de fiscalización, sobre la cual recaerá la continuidad del proceso en la Asamblea Nacional, indicó que el Presidente Lasso acudirá al Parlamento a defenderse en derecho como corresponde.
#ATENCIÓN | Ante la admisibilidad que dio la @CorteConstEcu, al pedido de juicio político contra @LassoGuillermo, por el supuesto delito de peculado, la legisladora @abcorderoc señaló que el Mandatario se defenderá como corresponde. pic.twitter.com/uy5IyfWliN
— Radio Sonorama (@radiosonorama) March 30, 2023
La legisladora cree, sin embargo, cree que no habrán los votos necesarios para la censura y destitución del Jefe de Estado.
La propuesta de dictamen fue presentada por los jueces Richard Ortiz y Alí Lozada, quien preside el organismo, y sumó el respaldo de Daniela Salazar, Jhoel Escudero, Alejandra Cárdenas y Karla Andrade.
En cambio, la vicepresidenta de la Corte, Carmen Corral, y los jueces Teresa Nuques y Enrique Herrería emitieron votos salvados. Ellos -con su propia argumentación- se apartaron de la decisión de mayoría por considerar que la solicitud de juicio político presentada en contra del presidente de la República es inadmisible por no cumplir con los requisitos contemplados en la Constitución y la LOGJCC.