La Corte Constitucional rechaza ‘injerencia’ en sus funciones por parte de la Corte Nacional de Justicia y del Consejo de la Judicatura

Por Gabriela Murgueytio – 26 de abril de 2022

La Corte Constitucional de Ecuador advirtió de una posible injerencia y rechazó este lunes, 25 de abril de 2022, una solicitud de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) y del Consejo de la Judicatura para revisar supuestos abusos de jueces en fallos respecto a la concesión del habeas corpus.

El presidente de la Corte Constitucional (CC), juez Ali Lozada, se pronunció sobre las declaraciones y pedido de los titulares de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) y del Consejo de la Judicatura (CJ), Iván Saquicela y Fausto Murillo, respectivamente, para que se delimite la figura de habeas corpus, la cual ha sido motivo de debate en los recientes días, a causa de la liberación del exvicepresidente Jorge Glas y de alias Júnior, líder de la banda de Los Choneros, quienes se beneficiaron con estas acciones constitucionales.

En representación de los nueve jueces que integran la CC, Lozada expresó lo siguiente: “Las manifestaciones públicas del presidente de la CNJ y del presidente del CJ parecen desconocer las competencias propias de la Corte Constitucional, su jurisprudencia sobre el habeas corpus, así como la institución del precedente constitucional vinculante. Además, constituyen una clara injerencia en las funciones de la Corte Constitucional, lo que rechazamos de manera firme y enfática”.

Este pronunciamiento responde al pedido que el pasado domingo formularan los presidentes de la Corte Nacional de Justicia, Iván Saquisela, y de la Judicatura, Fausto Murillo, quienes ese día se reunieron con el jefe del Estado, Guillermo Lasso, para analizar unas polémicas actuaciones de jueces que concedieron habeas corpus al expresidente Jorge Glas, a alias Jr, cabecilla de una banda criminal y a un narcotraficante que era solicitado en extradición, por el Reino de los Países Bajos.

Lozada enfatizó que las decisiones adoptadas por la CC “son definitivas e inapelables”. Aclaró que para que la CC desarrolle su jurisprudencia o se aleje de ella, “no basta un oficio”, sino que se requiere someter en análisis de un caso concreto.

Adicionalmente, indicó que desde el 2019 la CC ha emitido más de 20 sentencias con jurisprudencia relacionada con la acción de habeas corpus. Estos casos, dijo, permiten “identificar de manera clara cuándo esa garantía ha sido objeto de abuso”.

En ese sentido, recalcó que en las decisiones del organismo constantemente se ha dispuesto al Consejo de la Judicatura “que cumpla su obligación de capacitar” a los jueces del país en materia de garantías constitucionales.

Lozada dijo “que los magistrados de la CC no pueden actuar como juez y parte dentro del debate público. “Debemos ser prudentes para preservar nuestra independencia e imparcialidad”.

 

 

Además, indicó que no puede atender “consultas informales de otros órganos del Estado” y que para que la Corte Constitucional desarrolle su jurisprudencia “no basta un oficio” como el enviado.

Según el pleno del Constitucional, las manifestaciones públicas de Saquisela y de Murillo parecen “desconocer” las competencias del máximo organismo de control legal del Estado.

Entre otras cosas, Saquisela y Murillo preguntaron a la Corte Constitucional que aclare si existirían abusos de jueces en el otorgamiento del recurso de hábeas corpus en favor de detenidos y si se podría revisar un fallo que limita la potestad disciplinaria del Consejo de la Judicatura.

Fuente: Corte Constitucional/ Diario El Universo/ Sonorama